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Suspensión de Visas de EE. UU. a venezolanos: Alcance y funcionamiento de la medida

A partir del 9 de junio a las 12:01 a.m., nacionales de 12 países no podrán ingresar a Estados Unidos.

La reciente proclamación del presidente de Estados Unidos, Donald J. Trump, firmada el pasado 4 de mayo de 2025, ha generado incertidumbre y preocupación entre los venezolanos. Para aclarar el alcance de esta medida, la experta en derecho migratorio y doctora en derecho internacional, Ana María Rivera, explicó a Banca y Negocios cómo funciona y en qué disposiciones legales se fundamenta la limitación de entrada de venezolanos a EE. UU.

Respaldo legal de la medida

La medida se fundamenta en dos pilares legales. En primer lugar, la Orden Ejecutiva 14.161 del presidente Trump, emitida el 20 de enero de 2025, titulada “Protección de Estados Unidos contra Terroristas Extranjeros y Otras Amenazas a la Seguridad Nacional y Pública”. En segundo lugar, el caso Trump contra Hawái, donde la Corte Suprema “confirmó la autoridad del presidente para usar la sección 212(f) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad para proteger a Estados Unidos mediante restricciones de entrada”.

La sección 212(f) establece que «cuando sea que el presidente encuentre que la entrada de extranjeros -inmigrantes o no- a los Estados Unidos puede ir en detrimento de la nación, el Ejecutivo Federal -más que el presidente- puede suspender la entrada de cualquier clase de extranjeros, o imponer cualquier restricción que considere”. Rivera destaca que se trata del Ejecutivo, lo que implica que el presidente debe consultar con el gabinete, aunque no requiere la aprobación del Congreso.

Rivera recordó que, en su primer gobierno, el «travel ban» afectó principalmente a países de mayoría musulmana y fue impugnado en los tribunales por presunta discriminación racial y/o religiosa (caso Trump versus Hawái). Posteriormente, la lista se amplió para incluir a países no musulmanes, buscando atenuar las críticas.

Países afectados y excepciones

A partir del 9 de junio a las 12:01 a.m., nacionales de 12 países no podrán ingresar a Estados Unidos. Estos incluyen Afganistán, Birmania, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen. De nuevo, casi todos tienen poblaciones mayoritariamente musulmanas.

Por otro lado, se «restringe y limita parcialmente la entrada» de nacionales de siete países que también representan un «alto nivel de riesgo» para Estados Unidos: Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela.

La Proclamación incluye excepciones para residentes permanentes legales, titulares de visas vigentes, ciertas categorías de visas y personas cuya entrada sirva a los intereses nacionales de Estados Unidos.

El caso Venezuela: Restringida, no bloqueada

En el caso específico de Venezuela, el presidente Trump argumenta que el país «carece de una autoridad central competente o cooperativa para la emisión de pasaportes o documentos civiles, y no cuenta con medidas adecuadas de selección e investigación”. Además, el mandatario señaló que “Venezuela se ha negado a aceptar el regreso de sus ciudadanos deportados” y que el Informe de Estadías Excedidas indica que “Venezuela tuvo una tasa de permanencia excedente en el país del 9.83 % con visas B-1/B-2 vencidas”. Rivera considera que esta cifra es «errada» y que la proporción es «mucho más alta», aunque no tiene cómo comprobarlo.

La limitación a venezolanos suspende la entrada como inmigrantes y como no inmigrantes con visas B-1, B-2, B-1/B-2 (turismo y negocios), F (estudiantes), M (estudiantes no académicos) y J (intercambio cultural).

Rivera aclara que si una persona como el salsero Oscar D’León o el presidente de un banco tiene una Visa O (para individuos con habilidades extraordinarias en ciencia, artes, educación, negocios o a nivel atlético, o que demuestren una larga y extraordinaria experiencia en la industria del entretenimiento), la proclamación no las menciona, lo que deja «muchos vacíos». Sin embargo, si el presidente del banco posee una Visa B-2 (de negocios), «no puede entrar».

Doble nacionalidad y consejos pertinentes

Un punto crucial es la situación de quienes tienen doble nacionalidad. La Proclamación aclara que quienes posean dos nacionalidades y tengan la Visa sellada en el pasaporte venezolano no podrán entrar a territorio estadounidense. Rivera plantea un vacío en casos como los de colombo-venezolanos o ecuatoriano-venezolanos que tienen pasaporte de su segunda nacionalidad y sacan el ESTA. «Si la Visa de turista está sellada en el pasaporte venezolano, yo pensaría que no puedes entrar a Estados Unidos», pero esto es algo «que está por verse», advierte la experta.

Rivera recomienda a sus clientes con residencias aprobadas en consulados que «adelanten el viaje, y entren en EE. UU. antes del lunes» para evitar la discrecionalidad del oficial migratorio. Para quienes tienen intención de viajar por turismo con la visa sellada en el pasaporte venezolano, cree que «no creo que lo dejen entrar».

Finalmente, Rivera advierte que, si bien la medida tiene «total piso legal», ha generado críticas de demócratas y de la oposición venezolana, quienes la califican de «inhumana, que estigmatiza y criminaliza al venezolano». La jurista enfatiza que, incluso si eres venezolano con una Visa B-2 y posees propiedades millonarias en Estados Unidos, «no vas a poder entrar con esa Visa B-2. Y no tiene consideraciones. Puedes ser dueño de medio Estados Unidos, y no te van a dejar entrar».

Banca y Negocios-RZ.