Este marco legal es visto como el paso necesario para ofrecer la «seguridad jurídica» que empresas estadounidenses y otros actores internacionales demandan para operar en el sector minero venezolano, especialmente tras el levantamiento parcial de sanciones al oro.
El Parlamento ha logrado validar 55 de los 130 artículos que componen el proyecto presentado por el diputado Orlando Camacho, el cual busca blindar la seguridad jurídica para la inversión extranjera.
La Asamblea Nacional (AN) decidió diferir, por segunda semana consecutiva, la discusión artículo por artículo del proyecto de Reforma a la Ley de Minas. Pese al avance en el debate de 55 apartados, el Legislativo acogió la propuesta del diputado Orlando Camacho (Movimiento Somos Venezuela) de postergar la sesión para garantizar que el instrumento jurídico sea lo suficientemente «robusto».
Este proyecto, que busca sustituir la ley vigente desde 1999, surge en un contexto de alto interés geopolítico, tras la reciente visita a Caracas del Secretario de Interior de EE. UU., Doug Burgum, y la posterior emisión de licencias del Tesoro estadounidense para la actividad aurífera en el país.
Puntos clave aprobados en la jornada
Durante el debate de este jueves, destacaron normativas que definen el control estatal y la estructura administrativa del sector:
Soberanía estratégica (Art. 36): El Estado se reserva de forma exclusiva la actividad primaria, comercialización y aprovechamiento de minerales radiactivos.
Prioridad para el BCV (Art. 37): El Banco Central de Venezuela mantiene el «derecho preferente» para la compra de todo el oro proveniente de la actividad minera nacional.
Nuevo ente regulador (Art. 13): Se crea la Superintendencia Nacional de la Actividad Minera, que funcionará como el brazo ejecutor para la fiscalización, control y administración de tributos y regalías.
Inversión y Arbitraje: El foco de la reforma
Uno de los aspectos más relevantes de esta propuesta es la apertura al capital privado. El artículo 11 faculta al Ministerio de Minas para promover la inversión nacional y extranjera, mientras que el artículo 9 abre la puerta a mecanismos de arbitraje y resolución alternativa de conflictos si las controversias no pueden resolverse en tribunales nacionales.
Este marco legal es visto como el paso necesario para ofrecer la «seguridad jurídica» que empresas estadounidenses y otros actores internacionales demandan para operar en el sector minero venezolano, especialmente tras el levantamiento parcial de sanciones al oro.
Banca y Negocios- Relámpago Zuliano.














