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¡Adiós a la renovación periódica! Sundde elimina la fecha de vencimiento del certificado RUPDAE para el sector comercial e industrial

En una medida orientada a simplificar los trámites burocráticos, el organismo adscrito al Ministerio de Industrias y Comercio Nacional estableció que la acreditación tendrá vigencia indefinida, eximiendo a los establecimientos de los procesos anuales de actualización.

En un importante giro administrativo anunciado este martes, la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde) informó la eliminación de la fecha de vencimiento del certificado del Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE), un requisito de carácter obligatorio para el funcionamiento de comercios e industrias en el país.

A través de un comunicado oficial, el organismo precisó que esta acreditación —exigida en el marco de la Ley Orgánica de Precios Justos— mantendrá a partir de ahora una vigencia indefinida, lo que representa un alivio significativo para el sector productivo y mercantil al suprimir el proceso recurrente de renovación que realizaban las empresas para evitar sanciones o cierres preventivos durante las inspecciones fiscales.

¿Cuándo será obligatorio actualizar los datos?

Amparado en el artículo 10 de la Ley Orgánica para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos (Gaceta Oficial N° 7.018 Extraordinario), el nuevo criterio normativo suprime los plazos fijos de caducidad del documento.

No obstante, la Sundde puntualizó que los comerciantes mantendrán la obligación de ingresar al sistema digital únicamente cuando deban registrar modificaciones formales asociadas a su Registro de Información Fiscal (RIF), tales como cambios en la razón social, estructura directiva o domicilio fiscal del establecimiento.

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