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Estados Unidos emite la Licencia General 52C y flexibiliza operaciones con PDVSA bajo estrictas condiciones

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) actualizó el marco regulatorio para las transacciones con la estatal petrolera, introduciendo parámetros de resolución legal en el exterior, fiscalización de pagos y manteniendo blindada la gobernanza de Citgo.

En un movimiento estratégico que reconfigura el panorama financiero e hidrocarburífero del país, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos emitió este lunes 14 de septiembre de 2026 la Licencia General 52C, normativa que sustituye en su totalidad a la anterior versión 52B y establece nuevas directrices para las operaciones comerciales vinculadas a Petróleos de Venezuela (PDVSA).

El documento, firmado por el director de la OFAC, Bradley T. Smith, autoriza a determinadas entidades estadounidenses establecidas a realizar transacciones con la estatal y sus filiales, siempre que se cumplan rigurosos protocolos de cumplimiento normativo y supervisión financiera.

Condiciones operativas y arbitraje internacional

La flexibilización implementada por Washington no está exenta de salvaguardas legales. Entre las exigencias estipuladas en la nueva licencia destaca que los contratos que se suscriban con PDVSA deben estipular explícitamente que cualquier procedimiento para la resolución de disputas comerciales se desarrolle en jurisdicciones neutrales, específicamente en Estados Unidos, el Reino Unido, Francia o Singapur.

Asimismo, la normativa regula de manera estricta el flujo de capitales: los pagos monetarios dirigidos a personas bloqueadas —a excepción de tributos, permisos o tasas locales— deberán ser depositados en cuentas específicas de tipo Foreign Government Deposit Funds habilitadas por el Ejecutivo estadounidense o en los receptáculos financieros que designe directamente el Departamento del Tesoro.

Exclusiones y salvaguardas corporativas

Pese al alivio en ciertos aspectos operativos, la Licencia General 52C mantiene líneas rojas infranqueables dentro del régimen sancionatorio:

Deuda y activos estratégicos: Quedan totalmente excluidas las operaciones con bonos soberanos o de PDVSA, así como la transferencia, venta o pignoración de las participaciones accionarias del Estado venezolano en la industria.

Blindaje de Citgo: El articulado de la licencia prohíbe de forma expresa cualquier transacción o modificación en la gobernanza y estructura corporativa de PDV Holding, Citgo Holding y CITGO Petroleum Corporation, blindando los nombramientos, destituciones o cambios en sus juntas directivas frente a los alcances de la medida.

Geopolítica y terceros países: Se mantienen las prohibiciones para negociar con personas o entidades incluidas en la lista de Nacionales Especialmente Designados (SDN) y se restringen operaciones vinculadas a jurisdicciones como Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba, así como aquellas empresas conjuntas que involucren capitales o control de actores ubicados en China.

Fiscalización y reportes periódicos

Como contrapartida a la apertura comercial, la normativa impone estrictas obligaciones de transparencia para las empresas que exporten, reexporten o comercialicen crudo y derivados de origen venezolano hacia destinos diferentes a los Estados Unidos.

Los actores involucrados deberán consignar ante las autoridades norteamericanas reportes detallados que incluyan las partes contratantes, volúmenes, montos, cronogramas, países de destino final y el desglose de cualquier tasa o impuesto cancelado al Estado venezolano. Dichos informes deberán remitirse un plazo de diez días posteriores a la primera operación y mantenerse con una periodicidad trimestral (cada 90 días) mientras se mantenga la actividad comercial al amparo de la licencia.

Alberto News-Relámpago Zuliano.

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